GALERA TREINTA Y CINCO SIGLOS DE HISTORIA (Capítulo nº 118)
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- 8. EL SIGLO XVIII (XVII) La uva, como se desprende de los datos que hemos analizado, debía ser muy apreciada al ser ... [leer más]
GALERA TREINTA Y CINCO SIGLOS DE HISTORIA (Capítulo nº 117)
8. EL SIGLO XVIII (XVI)
Si hubiese que destacar dos aspectos que hoy nos llaman la atención serían el cultivo de la seda, y por ello la morera, y la preocupación evidente de las autoridades por los nuevos plantíos de especies forestales que hasta ahora no se habían mencionado.
Al fijarnos en los árboles frutales que cultivan, vemos cómo faltan bastantes de los que hoy día son -o han sido- corrientes en nuestra vega: almendros, pereros, albaricoqueros, melocotoneros, higueras, cerezos, etc., cuya aparición en nuestro panorama agrario habremos de fijarla en fechas posteriores a la que nos ocupa.
La dejadez por parte de algunos propietarios es así mismo patente en el Catastro. La cantidad de tierras «infructíferas por desidia de sus dueños» está cifrada en 172 fanegas de regadío y 1005 de secano, lo que representa unos porcentajes del 8’4% y del 15% respectivamente. Algunas de las parcelas que se repartieron en su día «no an usado de ellas y de ynmemorial tienpo a esta parte se an perdido sus linderos de suerte que todos los que tienen tierras de Provision saben tener tierras de secano y oy estan hechas comunes labrando el que quiere en ella sin ynpedirselo persona alguna ni pagar por dicha razon mas que los diezmos…»
Directamente relacionados con el trabajo en el campo, están los salarios de los jornaleros. No es muy halagüeña su situación si hemos de hacer caso -y parece que sí debemos hacerlo- a la documentación que venimos manejando. Cuando los peritos contestaron a la trigésima quinta pregunta dijeron textualmente lo que sigue a este respecto:
«… cuando trabajan ganan a tres rrs (reales) y de comer una temporada al año; otra dos rrs. y de comer y otra un real y de comer…»
La diferente valoración de los jornales que se declara -tres, dos y un reales-debe obedecer a la mayor o menor penosidad de los trabajos que se realizan o a la especialidad que requieren (podadores, agramadores, etc.)
Como siempre, la preocupación por el agua es un asunto omnipresente en la política campesina. Constantemente aparecen en los Libros Capitulares las disposiciones que acuerdan los alcaldes, regidores y demás miembros del Cabildo para que las fronteras, por ejemplo, se encuentren en perfecto estado de funcionamiento. Por tanto, en este nuevo siglo se sigue constatando esta preocupación. Muestra de ello puede ser el acuerdo de 2 de octubre de 1706 «previniendo a todos los vezinos desta villa q. tengan dchas.azequias fronteras y brazales q. azer por donde deban dar rriego a otros las agan bien echas y aviertas de anbos quixeros».
Y le dan tanta importancia como se puede juzgar por las penas que se imponen a quienes no cumplan lo establecido en el acuerdo, igualmente sobre limpieza de acequias, del 5 de abril de 1708:
«… que todos los vezinos desta villa q. tienen azequias fronteras o brazales q. den rriego a otros las agan dentro de nuebe dias contados desde oy… y lo cunplan pena de diez y ocho rreales… y de tres dias de carzel y mas q. se mandaran azer a su costo a peon doblado»
Por ser ésta una cuestión fundamental, tampoco dudan -seguramente imbuidos del espíritu innovador de la época-en llevar a cabo obras de mayor envergadura, como puede ser la adecuación del manantial «de Juancaliente» en colaboración con hacendados de Huéscar. A finales del siglo anterior, el 24 de febrero de 1684 precisamente, ambos Ayuntamientos suscriben una Concordia en virtud de la cual se realizan obras en dicho manantial con el fin de aprovechar con más facilidad sus aguas. Las obras -ejecutadas por el alarife de Albox Pedro González- serán sufragadas por los beneficiarios, tanto de un Término Municipal como de otro. Por lo que se refiere a nuestra villa, los afectados son los propietarios de Riego Nuevo, que han de participar a razón de 13 reales y medio por fanega de tierra.
Y, como siempre que se hace una buena inversión, no tardarían en alegrarse de ello quienes lo promocionaron. Porque en los últimos años del XVII y en los primeros del XVIII un nuevo período de sequías azota la tierra y sus gentes. La seguridad de Fuencaliente paliaría de alguna manera la evidente escasez del agua. Tan evidente como puede ser la situación planteada justamente cuando se inician los setecientos, que es un continuación de la conocida de 1699, en cuya ocasión el Concejo de Galera interviene para suavizar el alza en los precios del pan que, siguiendo la ley de la oferta y la demanda, tendían a subir ante la carencia de cereales panificables. Por ello, una vez más, los regidores ponen manos a la obra y deciden que hay que importar trigo de donde lo haya:
»En la villa de Galera en beinte y siete dias del mes de maio de mill y setezientos años los señores del concejo Gaspaz Domingo y Diego Perez alcaldes hordinarios Juan de Amoros Rejidor Justicia y Rejimiento en ella dijeron que por quanto el dia de la fecha se a traido una partida del trigo del andalucia para el abasto della y con los gastos que ella a causado la fanega a treinta y tres reales en que sale la ogaza de pan panadeado cada ogaza a beinte y dos mrs. (maravedíes) por ogaza y procurando no tenga perdida el posito mandaron sus merzedes se benda a los dchos. beinte y dos mrs. por ogaza y el presente escribano lo ponga por razon en el libro de entrada y salida y por este su auto lo mandaron sus mercedes y firmaron»
La mala racha pasa. Los graneros se vuelven a llenar. Pero sólo los particulares. Tres años más tarde parecen haberse solucionado -ya veremos que sólo de manera momentánea- la estrechez y las dificultades, como lo atestigua la determinación que toman los gobernantes de la villa con idea de lograr abastecer mínimamente la población en el futuro. Porque la experiencia les dice que el porvenir puede estar erizado de nuevas carencias y desabastecimiento. Por ello, en estos días en que parece haber habido una cosecha aceptable -julio de 1703- el Pósito se encuentra al límite de sus existencias, tras haber hecho frente a las malas añadas anteriores mediante la concesión de préstamos de cereal. Por otra parte, la picaresca de algunos agricultores intentaría eludir sus responsabilidades con esta benéfica fundación. Así es que los munícipes quieren atajar el problema mediante la puesta en vigor de este Auto, que sólo pretende que cada cual cumpla con su obligación:
«En la villa de Galera en veinte dias del mes de jullio de mill setezientos y tres as. (años) los señores Marcos Blanes Juº Mtz. Aznar alcaldes hordinarios Bartolome Perez y Estevan Salzedo regidores conzejo justizia y regimiento de esta vª dixeron que por quanto es llegado el tiempo de que los vezinos desta villa levantan las mieses de las eras y es en perjuizio del Rel Zenso de Poblazion y cobranza del posito de esta villa si se les da lugar a que levanten dchos. granos por lo qual mandaron sus mrs. que el presente essno. fixe edictos en partes ppas. y acostumbradas mandando que ningun vezo. sea osado a levantar los granos de las eras sin dar quenta a sus mrs. y a P1 Garzia depositario pena de diez y ocho rs. aplicados conforme a derecho y tres dias de carzel a los que contrabinieren a semejantes mandatos y por este su auto assi lo mandaron sus mrs. y firmaron»
Y por enésima vez, según decimos en repetidas ocasiones, el capricho de los tiempos vuelve a jugar en contra de nuestros protagonistas. Si nada más comenzado el siglo proseguía la sequía heredada del anterior, con la ligera mejoría que acabamos de reseñar en los años siguientes, de nuevo se descara el clima y golpea las esquilmadas economías de los vecinos de nuestra villa. En el mes de agosto de 1713, por ejemplo, el Concejo ha de intervenir para aminorar las consecuencias «de los yelos y la seca».
Hasta la fecha -según lo que ya sabemos- ha habido cierta holgura, que ha sido aprovechada por «muchos traxineros y forasteros» llevándose el trigo que ahora se necesita imperiosamente y hay que traerlo Pero «se duda de donde pueda allarse… y su coste a de ser mui crezido». Y, a grandes males, grandes remedios, deben pensar los regidores. Desde esa fecha declaran la prohibición absoluta de vender trigo al exterior bajo graves penas pecuniarias y de encarcelamiento para quien desacate el acuerdo.
LAS VIÑAS Y EL VINO
Si hay un cultivo en Galera que merezca auténtico mimo por parte de su Justicia y Regimiento, además del de los cereales por razones evidentes, éste es el de la viña. Son muchas las veces en que los regidores intervienen abiertamente en su ordenaciónRecordemos, igualmente, aquella autorización que en los primeros años del siglo anterior se dio por parte de todos los vecinos para vender a los ganaderos los pámpanos, una vez recogida la cosecha. Nada menos que la celebración de un Cabildo Abierto hubo que celebrar -con autorización real incluida- para tomar aquel acuerdo. Y al igual que hemos dicho con respecto al mantenimiento de las acequias, la constante atención hacia las viñas se patentiza en la documentación existente.
La experiencia del consumo de la pámpana tuvo que resultar muy positiva para los ganaderos, quienes debieron presionar una y otra vez sobre las disposiciones establecidas en el cultivo de las viñas hasta conseguir que en la primera década del XVIII parece que se había hecho hábito consentido el aprovechamiento de estos pastos. Y como debió de haber abusos, surgirían numerosas quejas por parte de los agricultores. El Concejo se vio una vez más en la obligación de mediar en el conflicto dándole la razón a quienes se consideraban perjudicados. Por ello, los alcaldes y regidores
«… dixeron que por quanto suele aber mucho desorden en las biñas en echar a pastar los ganados en ellas los ganaderos luego que se a lebantado el fruto de ellas por cuio atropellamiento reziben muncho (sic) daño las vides asi en los sarmientos y … cepas como en pisotearse la tierra y quitar muchas yemas daño mui considerable digno de reparo para cuio remedio repecto de ser corta la pena de ordenanza y aberse experimentado en el año pasado de setezientos y catorce con aberlos alterado mucho probecho a todo el (ilegible) de biñas por cuia razon acordaron que qualquiera manada que se apreendiere de lanar y cabrio y zerda por la primera bez sea multada en zien rs. y por la segunda pena doblada y siendo de noche pena doblada y la terzera (ilegible)»
Mas no hemos de ver a todos los viñadores como angelicales ciudadanos, que cumplían con sus deberes responsablemente. No. Hay entre ellos quien se queja de los daños que les causan los ganados en sus plantaciones, pero, a renglón seguido, cierran sus ojos a las necesidades de la sociedad entre la que viven.