16/05/1714. Auto de Bueno Gobierno.
“…que ninguno sea osado si mulero como gañan a llevar los pares de bueyes sin zenzerro y que no baian por las calles publicas en las carretas ni carros si que el mulero baia enzima de las mulas y el gañan delante pena de doze reales por la primera vez y la segunda pena doblada y la terzera adbitraria …”.
“… y que nadie heche agua pr los caminos pena de seis Rs por la primera vez y segunda pena doblada y por la terzera adbitraria…”