Efemérides del 12/09/1788

 
 
 

La polémica de la comunidad de pastos existente entre los pueblos de la comarca y algunos de la de los Vélez, para aprovechamiento de los montes entre estas localidades permanece más o menos soterrada y de vez en cuando surge alterando la vida cotidiana. En algunas ocasiones han de intervenir las altas instancias administrativas, según se desprende de los Autos que en 1773 ordenan que la mancomunidad de pastos entre las villas de Galera y Orce ha de subsistir, frente a los acotamientos que la ciudad de Huéscar les ha ido estableciendo. La villa de Castilléjar -con la que hay escasísimos litigios a lo largo de toda la historia- se enfrenta, sin embargo, con la de Galera por este asunto. También debió mediar la Real Chancillería y dictaminar en 12 de septiembre de 1788 que “…debian de mandar, y mandaron, se restituia a dcho. Conzejo, Justicia, y Regimto de la Villa de Galera a la possesion en que estaba de pastos, abrebar, cortar leña, y madera, y hacer todo los demasaprovechamtos en los terminos de la de Castilleja, ejecutoriadas en los años de 497, 498, y 500, en cuiapossesion se le mantenga, y ampare, y condenaban, y condenaron a dcho. Conzejo de Castilleja en las costas de esta instancia…”

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